Recientemente, la Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y precisó el alcance de la expresión «dos días seguidos» contenida en el artículo 160 N° 3 del Código del Trabajo, a propósito del despido de un trabajador por la causal prevista en dicha norma, tras haber faltado injustificadamente a sus labores los días viernes 2 y lunes 5 de diciembre de 2022.
¿Qué ocurrió? ¿Qué argumentó la Corte de Apelaciones de Antofagasta? ¿Qué criterios consideró la Corte Suprema para resolver este caso?
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